Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos |
ACUERDO GENERAL N° 32/03 DEL 09/10/03
PARTE PERTINENTE DEL ACUERDO GENERAL N° 32/03 DEL 09/10/03
PUNTO QUINTO: COLEGIO DE INGENIEROS ESPECIALISTAS S/ CONTROL DEL EJERCICIO PROFESIONAL.-
VISTO
Lo peticionado por el Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos, para que este Alto Cuerpo colabore con el control del ejercicio profesional de los Ingenieros Especialistas de la Provincia, porque según lo prescripto por la Ley 8815/94 todos los ingenieros inscriptos como Peritos Judiciales en las distintas jurisdicciones deben encontrarse matriculados y habilitados anualmente para el ejercicio profesional; como asimismo que las diferentes pericias presentadas por los matriculados tienen que estar visadas previamente por dicho Colegio; habiendo tomado intervención la Fiscalía General del Alto Cuerpo, y manifestado el Sr. Fiscal Adjunto, el Dr. Jorge Evades, que no tiene objeciones que formular a dicho pedido. Por ello y luego de intercambiadas opiniones entre los Sres. Vocales;
SE ACUERDA: Hacer conocer a los Sres. Magistrados de la Provincia la referida presentación del Colegio de Ingenieros Especialistas.
Notificar.-
FDO: DRES: ARDOY- VALES- CHIARA DIAZ- CARLIN- CARUBIA- CARLOMAGNO y SALDUNA.

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